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Una representación de los Gestores Administrativos, encabezada por su presidente, Fernando Jesús Santiago Ollero, ha llevado a cabo estos días una visita al Parlamento Europeo con objeto de trasladar su petición de simplificación de los trámites para que los pequeños y medianos negocios puedan acceder con facilidad a los Fondos Europeos.

Durante su viaje, los gA han mantenido reuniones con Isabel Benjumea, Eurodiputada del Grupo Popular, y con Iban García del Blanco, vicepresidente de la comisión de Asuntos Jurídicos y Eurodiputado del Grupo Socialista Europeo. Los Gestores Administrativos han compartido con ambos Eurodiputados su experiencia y conocimiento en la gestión de las ayudas europeas.

El presidente de los gA trasladó a ambos responsables su participación en la concesión del Kit Digital, donde han sido, hasta el momento, uno de los principales tramitadores del bono digital. “Nuestra relación con Red.es”, señala Santiago, “ha permitido llevar un trámite sencillo y rápido. Ahora se está comprobando la debilidad en el proceso, que reside en la farragosa justificación del destino de los bonos”.

Los gA creen que los pequeños y medianos negocios no consideran que los Fondos Europeos estén pensados para ellos, lo que ha supuesto hasta el momento que apenas hayan solicitado fondos. Las razones esgrimidas por los dueños de los negocios residen en la dificultad de los trámites, la falta de información, la necesidad de cofinanciar determinados proyectos y los requisitos establecidos para acceder a ayudas europeas.

Durante sus reuniones, los Gestores Administrativos han ofrecido a ambos Eurodiputados su experiencia para simplificar los trámites, establecer canales de información y promover la solicitud de ayudas europeas entre los empresarios y autónomos.

Por último, durante su visita, el presidente de los Gestores Administrativos se ha interesado por la situación actual de su petición de una Tarjeta Única Europea con la que estos profesionales puedan atender a ciudadanos, empresarios y autónomos en cualquier país de la UE. “Homologar nuestra profesión puede ser útil no solo para nuestros ciudadanos sino también para los de cualquier país de la Unión Europea”, remató Fernando Santiago.

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María Inés Malgor González, licenciada en Derecho por la Universidad de Oviedo, se incorporó al Colegio en el año 2011 y desde junio del pasado año es la vocal segunda de su Junta de Gobierno, compartiendo con Irina Ania Tamés la responsabilidad de gestionar el Área de Comunicación. Dar la mayor visibilidad posible a la profesión, trasladando a la ciudadanía su importancia social, y transmitir a los colegiados la labor que realiza la Corporación son sus principales objetivos. Mujer activa e implicada en su área de trabajo, en esta entrevista resumen sus opiniones sobre la actividad colegial y la profesión.

¿Qué papel desempeña el Colegio como representante de los intereses de los gestores administrativos de Asturias?

Un papel fundamental. No en vano, la defensa de los intereses profesionales de los colegiados está expresamente considerada como un fin esencial por la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales en su artículo 1. El Colegio de Asturias trabaja intensamente, con el apoyo del Consejo General, en la consecución de las mayores atribuciones profesionales para nuestros colegiados.

¿Cuáles son sus funciones como miembro de la Junta de Gobierno?

Soy vocal, encargada junto con Dña. Irina Ania Tamés del Área de Comunicación. Nuestra tarea se centra en dar visibilidad a la profesión a fin de que la ciudadanía nos reconozca como profesionales cualificados para realizar sus gestiones ante las diferentes administraciones públicas. También buscamos que los propios colegiados conozcan las tareas que a su favor realiza el Colegio y puedan solicitar su apoyo.

¿Por lo que respecta a su área de trabajo, que actuaciones se llevan a cabo desde el Colegio?

Muy diversas: presencia del Colegio en las redes sociales, apariciones en prensa, radio y televisión, acciones publicitarias, y especialmente la web corporativa para cuya gestión contamos con la ayuda de una consultoría especializada en comunicación.

Colaboramos con la Universidad de Oviedo participando en el Foro virtual de Empleo, evento anual que promueve la institución académica y en el que nuestra Corporación trata de acercar la profesión a los jóvenes que están en sus últimos años de formación. También patrocinamos uno de los Premios de Fin de Grado, aquel que mejor nos representa, el de Gestión y Administración Pública.

¿Cuáles son los principales problemas que afrontan los gestores a la hora de ejercer la profesión?

Nuestra profesión es muy compleja y presenta múltiples facetas. Abarcamos muchos ámbitos, tanto a nivel de empresa como de particulares. Hacemos mucho y muy bien. Pero a su vez, esto que a priori puede ser bueno contribuye, por desgracia, a diluir la imagen con la que se nos percibe y genera confusión en los potenciales clientes.

¿Hacia dónde cree que debe caminar la profesión?

Es evidente que una profesión cuyos orígenes se remontan a la época de los Reyes Católicos y que se mantiene viva en una era dominada por la cibernética, la genómica o la red, es una profesión útil para la sociedad. Algo debemos de estar haciendo bien para seguir aquí. Dejémonos, pues, llevar por los tiempos.

¿Cree que la profesión de gestor administrativo es actualmente una buena salida laboral para los jóvenes?

Sí. Se encuentra entre las profesiones con más futuro y proyección pues en ella convergen características propias de esta época, como la digitalización y el teletrabajo, con otras tradicionales como el trato personal, la cercanía y el apoyo.

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El Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Asturias secunda la propuesta planteada por el Ilustre Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid de considerar que los gastos en los que incurren las familias al contratar trabajadores del hogar puedan deducirse en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

El Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar, en el ámbito de las condiciones de trabajo, “configuraron un sistema de equiparación progresiva de la normativa laboral y de Seguridad Social, que hasta la fecha no se ha concluido”, como bien reconoce el Real Decreto Ley 16/2022, para la mejora de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar. En consecuencia, se ha procedido a dar un definitivo impulso a la debida regulación de esta actividad que realizan mayoritariamente mujeres.

En opinión del presidente del Consejo de Gestores Administrativos de España, Fernando Jesús Santiago Ollero, «esta legislación acerca la justicia a este colectivo y ahora solo falta que se incentive la desaparición de su contratación irregular». Santiago Ollero pide al Gobierno que considere esta propuesta y recuerda que algunas autonomías están aplicando ya deducciones a la cotización anual a la Seguridad Social.

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El Observatorio de la Gestión Pública ha elaborado un informe de evolución de los indicadores básicos del país en el cuarto trimestre de 2022.

Su objetivo es medir la temperatura económica-social del país y la reacción de las administraciones públicas en su trato con los ciudadanos a través de la cita previa.

Todos aquellos interesados pueden consultar el informe en el siguiente enlace:

Informe de evolución indicadores 4T 2022

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El Colegio de Gestores Administrativos de Asturias informa que para 2023 no hay cambios en los tipos de retenciones aplicables a la profesión (con respecto a los de 2022). Tampoco hay variación en los tipos de IVA aplicables a la profesión.

Tipos en Retenciones Profesionales:
Con carácter general 15 %
Profesionales de nuevo inicio (en el año de inicio y en los dos
siguientes) 7 %
Retenciones del capital mobiliario e inmobiliario: 19%

RESUMEN CALENDARIO DECLARACIONES A PRESENTAR POR EL 4º
TRIMESTRE Y DECLARACIONES RESUMEN ANUAL 2022:

Hasta 20 de enero: modelos 111, 115, 123 (domiciliación hasta el 15 de enero)
Hasta 30 de enero: modelos 130, 303, y 390 (la domiciliación normalmente es
hasta el 25 de enero).
Hasta 31 de enero: modelos 190, 180, 193 y 184 de Comunidades de Bienes.

DETALLE DE PLAZOS Y CALENDARIO:
MODLEO 111. RETENCIONES A EMPLEADOS Y OTROS PROFESIONALES:
Obligatorio para los Colegiados que tengan personal laboral a su servicio o hayan
satisfecho cantidades a otros profesionales por su colaboración.
Modelos a presentar:
• por el cuarto trimestre de 2022: modelo 111 (con ingreso de retenciones).
Plazo: hasta el 20 de enero. (plazo de domiciliación hasta el 15 de enero).
(El resumen anual 190, su plazo es hasta el 31 de enero).
09/01/2023
Hasta el día 20 de enero: modelos 111-115 y 123
MODELO 115. RETENCIONES POR ALQUILERES:
Sólo para colegiados que tengan una oficina o local afecto a su actividad alquilado
deberán presentar los siguientes modelos (Retenciones al 19%):
• por el cuarto trimestre de 2022: modelo 115 (con ingreso de retenciones).
Plazo tope de presentación: 20 de enero. (plazo de domiciliación hasta el 15
de enero).
(El resumen anual 180, su plazo es hasta el 31 de enero).
MODELO 130. PAGO FRACCIONADO “I.R.P.F.”:
Hasta el 30 de enero, los Colegiados profesionales deberán presentar declaración
correspondiente al cuarto trimestre de 2022.
▪ Modelo 130 (declaración a presentar, aunque salga
negativa).
En este modelo, los Colegiados deberán ingresar el 20% de la diferencia entre los
ingresos y gastos computables acumulados de lo que va de año (en este caso de
todo el año) menos los importes que ya hayan ingresado por pagos fraccionados
de ese ejercicio y las retenciones soportadas.
Este modelo 130 debe hacerse, aunque no resulte ingreso con la única excepción
de haber comunicado mediante modelo censal 036/037 la no obligación de su
presentación por tener al menos el 70 por 100 de los ingresos de la actividad sujetos
a retención.
MODELOS 303 y 390. IVA:
También hasta el 30 de enero, es el plazo para presentar la declaración por IVA del
cuarto trimestre de 2022 y el resumen anual del año por este impuesto (el plazo
para hacer domiciliación terminaría el 25 de enero). Los modelos a presentar son:
▪ por el cuarto trimestre de 2022: modelo 303 (con ingreso del
resultado entre IVA repercutido y el IVA soportado y
resultados a compensar de declaraciones anteriores).
▪ por resumen anual de 2022: modelo 390.
Hasta el día 30 de enero: modelos 130 (pago fraccionado), 303 (IVA 4ª
trimestre), 390 (resumen anual de IVA).
Hasta el día 31 de enero: modelos resumen anual de retenciones,
empleados, profesionales o intereses), modelos 180 (de alquileres), 190
(empleados y profesionales que hayan trabajado para nosotros) y 193 (de
intereses, si procede).

También plazo hasta el 31 de enero para la presentación de modelo 184
resumen anual rentas Comunidades de Bienes.
Para sociedades de profesionales es válido todo lo dicho en cuanto a los modelos
111, 115, 180, 190, 303 y 390.

En todas las presentaciones telemáticas se puede domiciliar el pago, si se presenta
la declaración con al menos cinco días de antelación. (En otro caso el pago exigirá
la solicitud de número NRC a la entidad bancaria correspondiente).
MODIFICACIONES PARA 2023

Con efectos desde el 1 de enero de 2023, se elevan los gastos de difícil justificación
en estimación directa simplificada (la aplicable con carácter general a
profesionales). Para ese período impositivo 2023, el porcentaje de deducción para
el conjunto de las provisiones deducibles y los gastos de difícil justificación será del
7 por 100 (antes 5 por 100). Recordamos que la deducción no puede exceder de
2.000€, y este límite absoluto permanece inalterado.
Para cualquier duda respecto a estas cuestiones, nos tienen a su disposición en la
sede de Oviedo del Colegio todos los miércoles de 13:00 a 14:00 horas. Solicitamos
que cualquier duda de interpretación o error en esta nota informativa sea
comunicada previamente a la realización de las declaraciones correspondientes.

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Ya está en vigor la nueva Ley de Cambio Climático y Transición Energética. Desde el pasado 1 de enero debes tener el distintivo ambiental de la Dirección General de Tráfico para poder acceder a municipios de más de 50.000 habitantes.

Desde el Colegio de Gestores Administrativos de Asturias  te facilitamos estos distintivos para una mayor comodidad.

Y recuerda que tu Gestor Administrativo de confianza puede ayudarte a resolver todas las dudas de tráfico y trámites que necesites.

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El Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos de España organizó una ponencia junto con representantes la Seguridad Social para explicar a sus colegiados cómo cotizarán los autónomos por ingresos reales, uno de sus clientes más habituales. El Director Provincial de Madrid de la Tesorería General, Rodrigo Mares Rodríguez, entregó a los gestores una guía detallada que puede servirles para asesorar a los autónomos sobre cómo tendrán que cotizar a partir del próximo 1 de enero.

El documento, que cuenta con más de 60 páginas, desgrana los detalles más importantes del nuevo sistema aprobado el pasado mes de julio. Como detallhttps://www.autonomosyemprendedor.es/articulo/tu-negocio/preguntas-mas-frecuentes-autonomos-nuevo-sistema-cotizacion-ingresos-reales/20220728155343027406.htmló en su último barómetro la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), aún existen muchos trabajadores por cuenta propia que desconocen de qué se trata la cotización por ingresos reales. A continuación, explicaremos – acompañados por la guía presentada por la Seguridad Social ante los gestores – cómo cambiarán las bases y cuotas de los autónomos el próximo 2023.

Introducción al nuevo sistema de cotización por ingresos reales

Este nuevo sistema se recoge en el Real Decreto Ley 13/2022 que fue aprobado por el Consejo de Ministros el pasado mes de julio. La norma, recordó el Director Provincial de Madrid de la Tesorería General, viene a “compensar las bajas cotizaciones que muchos autónomos aplicaban a lo largo de su trayectoria profesional y así cumplir con las recomendaciones incluidas en el Pacto de Toledo”.

¿Qué es la cotización por ingresos reales?

La cotización por ingresos reales es el nuevo sistema de cálculo de cuotas que desplegará progresivamente la Seguridad Social para calcular las bases de los autónomos en función de sus rendimientos netos. Esto se realizará utilizando una tabla distribuida en quince tramos que señala una base de cotización determinada para los afiliados al RETA. Es decir, el autónomo calculará a través de una fórmula cuales son sus rendimientos netos por los que les corresponderá un tramo de cotización de estas tablas.

¿Cuánto tardará la Seguridad Social en implantar este nuevo sistema?

El nuevo modelo de cotización, que se implantará de manera gradual en los próximos 9 años, se basa en la cotización por los rendimientos netos reales obtenidos por el autónomo. El director provincial recalcó que la Tesorería podrá modificar a lo largo de este periodo el reglamento para poder corregir fallos o nuevas casuísticas que se den en el desarrollo de la norma. Esto quiere decir que los autónomos deben estar muy atentos a todo lo que la Seguridad Social publique a lo largo de este periodo de adaptación.

¿Todos los autónomos cotizarán por ingresos reales?

No, la Seguridad Social explicó en su guía que los miembros de institutos de vida consagrada de la Iglesia Católica (religiosos) no cotizarán por ingresos reales. Estos autónomos no tienen que declarar rendimientos y tienen que elegir una base de cotización mensual dentro del tramo establecido en la ley, que para 2023 es igual o superior a 898,69 euros.

¿Tengo que cotizar por ingresos reales si estoy por debajo del SMI?

Sí, independientemente de la cuantía de ingresos del autónomo, tendrán que cotizar por ingresos reales. Para los trabajadores por cuenta propia que están por debajo del SMI habrá tramos inferiores prestablecidos por la Tesorería a la base mínima.

¿Tengo que cotizar por ingresos reales si no estoy obligado a presentar la declaración del IRPF?

Los autónomos cuyos ingresos no superen los 22.000 euros anuales, no tienen la obligación de presentar la declaración del Renta – aunque siempre es conveniente hacerlo -. Independientemente de sus ingresos, tendrán que cotizar por ingresos reales dado que Hacienda y la Seguridad Social son administraciones distintas.

¿Cotizan por ingresos reales los autónomos en módulos o estimación objetiva?

El cálculo de los autónomos en módulos – peluquerías, restaurantes, etc. – se hace igual que para los autónomos en estimación directa o personas jurídicas. Sin embargo se tendrá en cuenta el rendimiento neto previo para el cálculo de su cuota a la Seguridad Social. En el caso de los autónomos en estimación objetiva, el rendimiento neto previo será la suma de las cuantías correspondientes a los signos o módulos previstos para cada la actividad en cuestión.

¿Cómo debo calcular mi cuota si soy autónomo en pluriactividad?

Respecto al cálculo de su base de cotización de los autónomos en pluriactividad – que trabaja por cuenta propia y a su vez como asalariado – y la cuota que deberá abonar a la Tesorería, será exactamente igual que la del resto de afiliados al RETA. Los autónomos en pluriactividad sólo tendrán que calcular los rendimientos de su actividad profesional, no aquellos derivados de su trabajo por cuenta ajena. Una vez aplique la fórmula y determine sus previsiones de ingresos, sabrá cuánto pagará al mes a la Seguridad Social.

¿Los autónomos societarios cotizarán por ingresos reales?

La cotización de un autónomo societario es prácticamente igual que la de un autónomos persona física. La clave de esta reforma del sistema cotización para este colectivo es que la base mínima de cotización se establecerá en 1.000 euros para 2023. En el 2024 y el 2025 dicha base se establecerá o definirá en los Presupuestos Generales del Estado. A partir de 2026, pasarán a formar parte del grupo 7 de cotización del Régimen General (Auxiliares administrativos en la actualidad) donde se indicará cuál es su base de cotización.

El nuevo sistema de ingresos reales paso a paso

Calcular los rendimientos anuales previstos

Uno de los primeros ejercicios que tendrán que hacer los autónomos cuando se instaure el nuevo sistema el próximo año será cuantificar los rendimientos netos que prevén obtener a lo largo de todo el año.

La Seguridad Social ha establecido una fórmula para determinar este importe. Esta sería la siguiente: calcular primero los rendimientos netos anuales de la actividad (ingresos menos gastos deducibles), sumarle luego todas las cuotas que ha pagado el autónomo a la Seguridad Social durante el ejercicio y restarle un 7% o un 3%, en función de si se es persona física o societario.

El abogado laboralista, Alberto Ara, explicó a este medio que la Seguridad Social no ha incluido la suma de todas las cuotas que ha pagado el autónomo a la Tesorería en los ejemplo de como calcular los rendimientos netos. Antes de presentar los ejemplos mostrados en el documento, los autónomos deben tener en cuenta que las cuotas a la Seguridad Social no son un gasto deducible a ojos de la Tesorería General, por lo que se deberá sumar para concretar cuáles son los rendimientos reales del trabajador por cuenta propia. A falta de este parámetro, este es el ejemplo que expone la Seguridad Social para qué los autónomos sepan como calcular su cuota.

Elegir la base provisional

El autónomo deberá elegir la base y la cuota correspondientes en función de los rendimientos netos que prevea obtener ese año, una vez descontados el porcentaje de gastos genéricos que corresponda en cada caso: la base será provisional hasta su regularización por la TGSS. Junto con la base provisional se deben indicar los rendimientos netos previstos. Los nuevos autónomos deben comunicarlo, a través de su autorizado RED, en el momento del alta. Para aquellos que ya estén de alta y deban ajustar su base de cotización a nuevas previsiones de rendimientos deberá realizarse en el servicio de cambio de base de cotización del Sistema RED.

En el caso de que un autónomo cotice menos de lo que ha ingresado no debe preocuparse, cada dos meses podrá corregir su base de cotización para no deberle nada a la Tesorería e incluso podrá hacerlo al final de cada ejercicio. Esta son las fechas clave anunciadas por la Seguridad Social para que los autónomos se adapten al nuevo modelo de cotización

Enero 2023: entrada en vigor del nuevo sistema

El 1 de enero de 2023 ha sido la fecha elegida por la Seguridad Social para iniciar el nuevo sistema de cotización por ingresos reales. A lo largo del mes y “hasta el 28 de febrero”, los autónomos podrán solicitar a la Tesorería la base de cotización mensual que se ajuste a los rendimientos netos que esperan “obtener de promedio mensual a lo largo del 2023”, concretó la Seguridad Social en su revista oficial. Estos cambios de base de cotización – prosiguió la Tesorería – surtirán efecto el próximo 1 de marzo.

En este periodo, la Seguridad Social remarcó que, junto a la solicitud de cambio de base de cotización, los autónomos deberán comunicar el “importe de los rendimientos netos que esperan obtener” a través del portal ‘Import@ss’.

Marzo de 2023

A partir del 1 de marzo del próximo año, comenzará el plazo para comunicar a la Tesorería – en el caso de que fuese necesario – un cambio de la base de cotización que entrara en vigor en mayo del mismo año. A su vez, adelantó la Seguridad Social, se lanzará “un simulador de cuotas en el área privada de Import@ss”. “Cada autónomo, en función de su situación particular, podrá realizar simulaciones de cuota específicas para su situación, en función del momento de la consulta”, concretó la administración del Estado.

Mayo de 2023

Nuevo plazo para que los afiliados al RETA comuniquen a la Seguridad Social los posibles cambios de tramos de cotización que entrarán en vigor en julio.

Julio de 2023

Nuevo periodo para que los autónomos trasladen a la Tesorería los posibles cambios que deban acometer en su base de cotización y que se harán efectivos en septiembre.

Septiembre de 2023

Nuevo periodo habilitado para comunicar un cambio de base de cotización con entrada en vigor en noviembre. “Se trata del último cambio con efecto en las cuotas a abonar en 2023”, señaló la Seguridad Social.

Octubre de 2023

El 31 de octubre de 2023 será “el último día para la comunicación de actividades y, en su aso, participación en sociedades para los autónomos que estuvieran dados de alta antes del 1 de enero de 2023”, explicó la Tesorería General.

Noviembre de 2023

Se abre un nuevo periodo para comunicar un cambio de base de cotización que, en este caso, no tendrá efecto en 2023 y entrará en vigor en enero de 2024.

¿En qué casos no se permite le cambio de base?

Regularización y bases de cotización definitivas

Una vez que los autónomos presenten su declaración de IRPF con la RENTA en el 2024, la Seguridad Social procederá a revisar si el trabajador por cuenta propia ha cumplido o no con la previsión de ingresos realizada a principios de año. Aquí se pueden dar dos tipos de situaciones:

  1. Que los autónomos hayan pagado más cuota de la que debería. Esto se llama sobrecotizar, en cuyo caso la Seguridad Social le devolvería el exceso.
  2. Que los autónomos hayan pagado menos cuota de la que deberían. Esto se llama infracotizar y los trabajadores por cuenta propia deberán pagar a la Seguridad Social.

A continuación exponemos tres escenarios distintos presentados por la Seguridad Social para establecer la regularización de las bases de cotización:

Beneficios del nuevo sistema

Además de la nueva Tarifa Plana o Tarifa Reducida, la cotización por ingresos reales afectará de la siguiente forma a los autónomos:

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El Consejo General de los Colegios de Gestores Administrativos han realizado entre los días 16 y 20 de diciembre un nuevo Barómetro de la GA. Como en ocasiones anteriores, el nivel de respuesta permite ofrecer datos con un 95% de nivel de confianza y un 5% de margen de error.

Una de las principales conclusiones que se obtiene del Barómetro es que, en opinión de los Gestores Administrativos, el 80% de los propietarios de pequeños y medianos negocios se encuentran cansados e indignados. El 81% de los GA creen que a estos empresarios les gustaría movilizarse, pero no encuentran la figura de un líder que tome la delantera.

El presidente del Consejo General, Fernando Jesús Santiago Ollero, recuerda que “venimos diciendo desde hace tiempo que los pequeños propietarios se sienten abandonados, tanto por los gobernantes como por los representantes empresariales. No sé si se trata de sordera o de otras circunstancias, pero tiene que llegar el momento en que los intereses de más de un 90% del tejido productivo empiecen a defenderse como se merecen”.

“Los negocios están cansados e indignados con la situación económica y con el creciente aumento de las trabas administrativas y la inseguridad jurídica con leyes mal elaboradas”, indica Santiago.

“No será posible contener los salarios a pesar de alcanzarse un pacto de rentas”

El 91% de los GA considera que sus clientes no están preparados para afrontar todos los cambios normativos que se avecinan. “Estamos asistiendo a una gran proliferación de nueva normativa”, afirma Santiago. “A vece -prosigue-, a través de normas ad hoc, como es la nueva Ley Concursal, y otras a través de cambios incluidos en regulaciones que nada tienen que ver con lo modificado, mediante disposiciones adicionales, transitorias o finales. Nunca habíamos asistido a esta voracidad legislativa; los pequeños negocios, al menos, se están viendo desbordados, y no son conscientes de todo lo que la nueva normativa les exige”, continua Santiago.

El 93% de los GA creen que los negocios no van a poder generar empleo con los nuevos Presupuestos Generales del Estado, y el 78% considera que los negocios no podrán contener una elevada subida de salarios incluso si se alcanzara un pacto de rentas.

Destaca que el 93% de los GA creen que los impuestos a Banca y Energéticas se trasladará a los precios de los productos finales. En opinión de su presidente, “vamos a ver cómo impiden que suban los precios de los servicios y productos finales, tras la puesta en marcha del impuesto especial, ya que considero que no existen los mecanismos que lo eviten. Los bancos y las energéticas buscarán la forma de subir los precios sin que se puede deducir una relación directa entre un evento y el otro”.

El Barómetro preguntó a los GA su opinión sobre el debatido impuesto a los supermercados. El 35% declaró no conocer esta iniciativa. Y un 57% considera negativa su posible implantación. “Basta ya de globos sonda, basta ya de intentar controlar precios, si ustedes han leído la encuesta, el exceso de normativa, la subida de precios y los Presupuestos Generales del Estado solo van a conseguir dificultar el mantenimiento del empleo y desincentivar su creación, además de complicar la vida administrativa de los pequeños y medianos negocios”.

A pesar de las dificultades, el 27% de los GA cree que podrá contratar personal el próximo año. Eso si, el 71% no se va a tomar vacaciones estas fiestas y el 84% no saldrá de su lugar de residencia. La buena noticia es que el 54% de los gA podrán celebrar la cena o almuerzo de Navidad con sus empleados. “Tengamos en cuenta que la media de empleados por gestoría está entre los 4 y 5 empleados y que ya era hora de poder agradecerse el esfuerzo realizado durante estos casi tres años. Esperemos que el año 2023 podamos descansar todos, disfrutar de unas merecidas vacaciones y reconocer todo su esfuerzo a nuestros empleados”, remata Fernando Santiago.

“Un mensaje de ánimo en 5 palabras”

A los GA se les pidió en la encuesta un mensaje de ánimo en 5 palabras. “Estamos en Navidad, tenemos que intentar coger fuerzas y ánimo para un 2023 electoral, que va a ser duro”, señala el presidente del Consejo General. El resultado de los mensajes podemos verlo en la siguiente imagen:

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