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El Gobierno del Principado de Asturias ha aprobado un nuevo Decreto 3/2021, de 18 de enero,  por el que se establecen medidas de
prevención y control en los concejos de Avilés, Castrillón y Corvera de Asturias, ante la evolución de la situación
epidemiológica derivada de la COVID-19.

Más información:

Nuevos cierres perimetrales en Asturias

Asimismo, también se ha publicado en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) una nueva Resolución, de 18 de enero de 2021, de la Consejería de Salud, por la que se establecen Indicadores y medidas
especiales de ámbito municipal de nivel 4+ (nivel de riesgo extremo) de carácter extraordinario, urgente y temporal de prevención, contención y coordinación, necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por
el COVID-19

Más información:

Resolución de 18 de enero de 2021, de la Consejería de Salud, por la que se establecen Indicadores y medidas

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La Consejería de Salud del Principado de Asturias ha hecho pública una resolución de 13 de enero de 2021, de corrección de errores de la Resolución de 11 de enero de 2021, de primera modificación y prórroga de las medidas urgentes de carácter extraordinario, urgente y temporal de prevención, contención y coordinación, necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el CoViD-19.

Se ha publicado en el BOPA de 13 de enero, a modo de suplemento, la Resolución de 13 de enero de 2021, de la Consejería de Salud, de corrección de errores de la Resolución de 11 de enero de 2021, de primera modificación y prórroga de las medidas urgentes de carácter extraordinario, urgente y temporal de prevención, contención y coordinación, necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

La corrección supone rectificar el horario de los servicios de entrega de comida a domicilio que se podrán extender hasta las 23:30, permaneciendo los de recogida en el local bajo pedido previo hasta la 22:00 horas y el horario límite de cierre en las 20:00 horas.

Esta rectificación comenzará a operar a la vez que el resto de limitaciones horarias: desde las 00:00 del día 14 de enero de 2021.

Más información en el enlace adjunto

Corrección de errores de la Resolución de 11 de enero de 2021

 

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El Colegio de Gestores Administrativos de Asturias quiere informar de varias publicaciones del BOPA, de 11 de enero, a modo de suplemento, tres normas que afectan a la movilidad en el concejo de Grado, la limitación nocturna de movilidad,  y se adoptan medidas extraordinarias en relación con diversas actividades económicas. Se acompaña Circular  FACILITADA POR FADE en la que se recogen las principales novedades.

En primer lugar, el Decreto 1/2021, de 11 de enero, del Presidente del Principado de Asturias, por el que se limita la entrada y salida en el concejo de Grado y se modifica el horario de limitación nocturna de movilidad como medidas de prevención y control ante la evolución de la situación epidemiológica derivada de la COVID-19.

ENLACE:   https://sede.asturias.es/bopa/2021/01/11/20210111Su1.pdf

Las principales novedades de esta norma son:

  *   Se restringe la entrada y salida de personas del ámbito territorial del concejo de Grado desde las 00:00 horas del 12 de enero de 2021 hasta las 24:00 horas del día 25 de enero de 2021.

  *   Se adelanta la limitación nocturna de movilidad (toque de queda) a las 22:00 horas desde las 00:00 horas del jueves 14 de enero de 2021.

En segundo lugar, la Resolución de 11 de enero de 2021, de la Consejería de Salud, por la que se adoptan medidas urgentes y extraordinarias de prevención, contención y coordinación en el concejo de Grado, como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada de la COVID-19.

ENLACE: https://sede.asturias.es/bopa/2021/01/11/20210111Su2.pdf

  *   En el concejo de Grado, además del cierre perimetral, desde las 00:00 del día 12 de enero de 2021, hasta las 24 horas del día 25 de enero de 2021, se acuerda la suspensión temporal de la apertura al público en los establecimientos de hostelería y restauración, incluidas las terrazas. Se exceptúan de la suspensión los servicios de preparación, la recogida en el local bajo pedido previo y la distribución de comida a domicilio.

En tercer lugar, la Resolución de 11 de enero de 2021,de la Consejería de Salud, de primera modificación y prórroga de las medidas urgentes de carácter extraordinario, urgente y temporal de prevención, contención y coordinación, necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

ENLACE: https://sede.asturias.es/bopa/2021/01/11/20210111Su3.pdf

  *   Se prorrogan las medidas vigentes no modificadas.

  *   Los establecimientos y locales comerciales minoristas y de prestación de servicios asimilados, incluidos los centros y parques comerciales, tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las 20:00 horas, a excepción los servicios de entrega a domicilio y recogida en el local bajo pedido previo, que se extenderá hasta las 22:00 horas. El horario de apertura podrá comenzar a las 6:00 horas.

  *   Horario para la prestación del servicio en los establecimientos de hostelería, restauración y terrazas. Los establecimientos de hostelería, restauración y terrazas no admitirán nuevos clientes a partir de las 19:30 horas y tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las 20:00 horas, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio y recogida en el local bajo pedido previo, que se extenderá hasta la 22:00 horas. El horario de apertura podrá comenzar a las 6:00 horas.

Las medidas relativas a las limitaciones horarias de cierre producirán efectos desde las 00:00 del día 14 de enero de 2021.

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El Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) publica una Resolución, con fecha de 24 de noviembre de 2020, de la Consejería de Presidencia, por la que se establece, para el año 2021, el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos administrativos en el ámbito del Principado de Asturias.

Más información en el archivo siguiente:

Calendario de días inhábiles 2021 Principado de Asturias

 

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Se ha publicado la Orden por la que se desarrollan para el año 2021 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA (Orden HAC/1155/2020, de 25 de noviembre. BOE nº 317 de 4/12/2020).

Esta Orden mantiene la estructura de la Orden HAC/1164/2019, de 22 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2020 el método el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA.

Más información en el enlace adjunto:

BOE

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