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Los Gestores Administrativos estrenaron su reciente inscripción en el Registro de Transparencia de la Comisión Europea con una reunión con el Vicepresidente de la Comisión de Asuntos Jurídicos, Ibán García del Blanco. Por parte de los Gestores Administrativos, la reunión ha estado encabezada por su presidente, Fernando Jesús Santiago Olllero.

Los objetivos de la reunión se centraron en dar a conocer el papel de los Gestores Administrativos en la tramitación administrativa en España y en la modernización de las administraciones, así como en trasladar la necesidad de impulsar una tarjeta única europea que permita el libre ejercicio de la profesión en la UE.

Según el presidente del Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos, “creemos que es fundamental que la Comisión encargada de mejorar y simplificar el Derecho de la Unión Europea conozca la labor de los Gestores Administrativos de cara a hacernos visibles antes las instituciones europeas y que éstas conozcan el modelo español de representación administrativa”. Continúa Santiago indicando que “también pretendemos impulsar una regulación común para todos aquellos colectivos profesionales que realizan una labor similar en los diferentes países miembros”.

Para alcanzar estos objetivos, la delegación de los Gestores Administrativos ha solicitado al Vicepresidente de la Comisión de Asuntos Jurídicos poder comparecer ante la Comisión para poder explicar a sus miembros la labor que realizan en España y la conveniencia de regular las profesiones análogas con el objetivo de facilitar el obre ejercicio de la misma.

Asimismo, Fernando Santiago ha solicitado a Ibán García del Blanco el apoyo de su grupo parlamentario para promover una declaración de reconocimiento del papel desempeñado por los profesionales de la tramitación administrativa en la modernización de las administraciones europeas y, en concreto, a los Gestores Administrativos por su labor en la modernización de las administraciones públicas españolas.

Por último, Fernando Santiago ha transmitido su interés a Ibán García del Blanco por la creación de una tarjeta europea para homogeneizar y extender la profesión en la UE. Esta tarjeta permitiría que los Gestores Administrativos pudieran ejercer su profesión en cualquier país de la Unión.

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El Consejo General de los Colegios de Gestores Administrativos ha llevado a cabo, durante los días 22, 23 y 26 de diciembre, un nuevo Barómetro de la gA.

Los resultados presentan un 95 % de nivel de confianza y un 4 % de margen de error. “Una vez más, los Gestores Administrativos han mostrado su compromiso con la sociedad y han colaborado para que podamos contar con datos fiables e importantes para comprender qué está pasando en nuestro tejido productivo”, ha declarado Fernando Jesús Santiago Ollero, presidente del Consejo General.

Según los datos obtenidos en el Barómetro, durante el primer período de la pandemia, el 53% de los empresarios de pequeños y medianos negocios manifestaron tener pensamientos depresivos. “Es lógico que esto fuera así; de repente, sin previo aviso, se les prohibió llevar a cabo su actividad económica, se encontraron sin ingresos, pero debían seguir atendiendo sus pagos”, señala Santiago. “Aunque solicitamos de forma reiterada que se paralizara el calendario fiscal y laboral, en tanto no volviera a la actividad normal la economía, se accedió de manera parcial a nuestra petición y de forma tardía”.

“La entrada en vigor de los ERTE fue un auténtico calvario, las contestaciones se retrasaban, los ICO llegaron a partir de abril, con muchas denegaciones para los más pequeños, y mientras se iban agotando los pocos fondos que tenían las PYMES, había que consumir el patrimonio personal, tirar de la familia y amigos y sobre endeudarse”, continua el presidente de los gA. “Muchos empresarios veían como lo perdían todo, y la mayoría sentían la incertidumbre de cuando iba a acabar esta situación y como se recuperarían tras el fuerte varapalo de la crisis sanitaria. Por ello, no es de extrañar que los empresarios tuvieran esos pensamientos depresivos”.

Hoy, según el Barómetro, el 34 % de los pequeños y medianos empresarios continúan con problemas psicológicos derivados de la pandemia. “En contra de lo que algunos nos quieren hacer creer, hay muchas empresas, de diferentes sectores, que no han recuperado un nivel adecuado de actividad, tienen serios problemas de solvencia y rentabilidad y no saben como van a salir de esta”, indica Fernando Santiago.

Y es que el Barómetro también revela que un 30 % de las PYME van a saldar el año 2021 con pérdidas. “Llevamos tiempo señalando que muchas empresas no han podido recuperar su nivel pre pandemia de actividad y más de 700.000 están atravesando serios problemas de liquidez. Y a los pequeños negocios, que no cuentan con mucho margen, que ganan lo suficiente para pagar empleados y resto de gastos y para tener su sueldo el empresario durante los buenos momentos, en cuanto se presentan problemas tan serios como los derivados de la crisis sanitaria, se les viene abajo todo. El Estado debería plantearse seriamente facilitar líneas de liquidez a estas empresas; es en ellas en las que tiene sentido reforzar con garantía del Estado a los bancos para que les den préstamos, pues apoyar a las que recibirían préstamos incluso sin garantías, a los únicos que refuerza es a los propios bancos” indica Fernando Santiago.

Destaca en el Barómetro que los gA ponen una nota de 5,46 sobre 10 a los bancos en el proceso de ampliación de plazos aprobado por el Código de Buenas Prácticas. “No ha sido precisamente un proceso de empatía por parte de los bancos, parece que no les ha gustado tener que llevar a cabo nuevas ampliaciones”, señala Santiago.

Otro dato destacado del Barómetro es que 80.000 personas siguen con problemas en los cobros de los ERTE. Se trata de trabajadores que están o han estado en ERTE, y tienen o han tenido algún problema con el pago por parte del SEPE, y que todavía no se ha regularizado. Un 17 % de las PYME han tenido durante este ejercicio alguna inspección por parte del Estado, fiscal o laboral. De ellas, el 23 % han sido sancionadas como consecuencia de la inspección. Según el Barómetro, el 14 % de las PYME que solicitaron ayudas a las Comunidades Autónomas recibieron una respuesta negativa.

Por último, los Gestores Administrativos puntúan con un 4,39 sobre 10 su confianza en la evolución de la economía española en 2022. “Tengan en cuenta que los Gestores Administrativos vivimos el día a día de nuestros clientes, les llevamos los estados financieros, les hacemos las declaraciones fiscales y seguridad social, les acompañamos en las inspecciones, tramitamos las ayudas… de lo macro no queremos pronunciarnos, pero de lo micro sabemos de manera muy real y en el momento lo que está pasando”, indica el presidente de los gA, quien finaliza solicitando “empatía con el empresario y que los Reyes Magos traigan a nuestros gobernantes la capacidad suficiente para entender como funciona el 98% de nuestro tejido productivo”.

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Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones.

Publicada en el BOE de 29 de diciembre

Revalorización de las pensiones

Se  deroga el índice de revalorización y la previsión de un nuevo artículo 58 en el que, se recupera la garantía del poder adquisitivo a través de una actualización de las pensiones en función de la inflación del ejercicio anterior, en sintonía con el artículo 50 de la Constitución y la doctrina del Tribunal Constitucional en esta materia.

Con este mismo objeto se modifica también el artículo 27 de la Ley de Clases Pasivas del Estado.

En este sentido, se establece que la revalorización de las pensiones al comienzo de cada año se realizará de acuerdo con la inflación media registrada en el ejercicio anterior, con la garantía de que en el caso, infrecuente, de inflación negativa las pensiones no sufrirán merma alguna.

Además se prevé una evaluación cada cinco años de los efectos la revalorización anual.

Acceso a la pensión de jubilación

Jubilación anticipada voluntaria

Se revisan los coeficientes reductores aplicables, con el fin de promover la jubilación a edades más próximas a la edad legal de jubilación y favorecer las carreras de cotización más largas.

No obstante, se admite la aplicación de los coeficientes reductores correspondientes a la jubilación por causa no imputable al trabajador en caso de percepción del subsidio de desempleo con una antelación de al menos tres meses.

Los coeficientes reductores correspondientes a esta modalidad de pensión se aplicarán sobre la cuantía de la misma, con los límites del art. 57 TRLGSS, de manera progresiva, a lo largo de un período de diez años.

Jubilación anticipada involuntaria

Se introducen varias modificaciones:

  • A las causas de extinción contractual del art. 207.1 LGSS, se añaden ahora el resto de causas extintivas por razones objetivas, así como la resolución voluntaria por parte del trabajador, en los supuestos previstos en los arts. 40.1, 41.3, 49.1m) y 50 ET.
  • El coeficiente aplicable sobre la pensión se determina ahora por mes de adelanto de la jubilación y no por trimestre.
  • En los dos años inmediatamente anteriores a la edad de jubilación ordinaria, se aplican los mismos coeficientes que en la modalidad voluntaria, en aquellos supuestos en los que el nuevo coeficiente sea más favorable que el hasta ahora vigente.
  • Se rebaja el coeficiente reductor correspondiente a cada uno de los seis meses previos a la edad de jubilación ordinaria, respecto de los establecidos para el caso de jubilación voluntaria.

Jubilación anticipada por razón de la actividad

Se revisa el procedimiento del reconocimiento de coeficientes reductores por edad, regulándose ahora por separado estos supuestos respecto de aquellos otros en los que la anticipación de la jubilación deriva de la situación de discapacidad del trabajador

Se modifica la legitimación a la hora de instar el inicio del procedimiento y también se realiza una remisión a lo que reglamentariamente se determine, en el marco del diálogo social, respecto de los indicadores que acrediten la concurrencia de circunstancias objetivas que justifiquen la aplicación de tales coeficientes.

Se prevé el establecimiento de un procedimiento para la revisión de los coeficientes reductores de edad, con una periodicidad de diez años.

Jubilación demorada

Se favorece la utilización de dicha fórmula mediante la sustitución del incentivo único hasta ahora establecido por la posibilidad de que el interesado pueda optar entre la obtención de un porcentaje adicional del 4 % por cada año completo de trabajo efectivo que acredite con posterioridad al cumplimiento de la edad de jubilación –porcentaje adicional que se sumará al que corresponda de acuerdo con el número de años cotizados y se aplicará a la respectiva base reguladora, a efectos de determinar la cuantía de la pensión– o una cantidad a tanto alzado por cada año completo de trabajo efectivo acreditado y cotizado entre la fecha de cumplimiento de la edad de jubilación y la del hecho causante de la pensión; o una combinación de las dos opciones anteriores.

Adicionalmente, se aplica una exención de la obligación de cotizar por contingencias comunes, salvo en el caso de incapacidad temporal, a partir del cumplimiento de la edad de jubilación ordinaria que corresponda en cada caso. Esta opción se extiende también a los pensionistas del régimen de clases pasivas.

Jubilación activa

Se exige como condición para acceder a esta modalidad de jubilación el transcurso de al menos un año desde el cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación.

Jubilación forzosa

Se prohíben las cláusulas convencionales que prevean la jubilación forzosa del trabajador a una edad inferior a los sesenta y ocho año así como la reducción del 75 por ciento de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes durante la situación de incapacidad temporal de los trabajadores que hayan cumplido sesenta y dos años de edad

Medidas para preservar el equilibrio y la equidad entre generaciones
Se deroga el factor de sostenibilidad introducido por la Ley 23/2013, de 23 de diciembre, y se sustituye por un nuevo mecanismo de equidad intergeneracional, fijando una cotización adicional finalista del 0,6 por un periodo de 10 años que nutrirá el Fondo de Reserva de la Seguridad Social.

Para mantener el equilibrio en las prestaciones y premiar las carreras largas de cotización, se establece una mejora de las pensiones de jubilación anticipada causadas a partir del 1 de enero de 2002, con efectos desde la entrada en vigor de la norma, y cuyos destinatarios son los pensionistas que han accedido a la jubilación anticipada con 44 años y 6 meses de cotización.

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El Colegio de Gestores Administrativos de Asturias ha suscrito un convenio de colaboración con la entidad Caja Laboral Kutxa en virtud del cual la entidad financiera ofrece a los colegiados acceso a varios de sus productos y servicios en condiciones ventajosas.

El convenio firmado por el presidente del Colegio, Carlos Rodríguez-Noriega Acedo, y el Responsable en Asturias de Instituciones, Colectivos, Convenios de Laboral Kutxa, José Luis Sariego Morán, contempla también la colaboración entre ambos organismos para el desarrollo de diversas actividades en el área de formación dirigidas a los gestores administrativos.

Este convenio se enmarca dentro de la estrategia de la Junta de Gobierno del colegio para promover acuerdos de colaboración con diversos organismos que redunden en beneficio de los colegiados.

 

 

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El Colegio de Gestores Administrativos del Principado de Asturias mantuvo hoy una reunión con la Dirección General del Catastro para iniciar  las acciones necesarias para poner en práctica el nuevo Convenio con este departamento.

Durante la sesión de trabajo se trataron nuevos asuntos en materia de gestión catastral. Dicho convenio tratará de sustituir y de  ampliar  el firmado el 13 de julio de 2007 y publicado en el BOE del 22/08/2007).

Por parte del Colegio asistieron a la reunión, el presidente y el vicepresidente, Carlos Rodríguez-Noriega Acedo y Javier Blanco Alegría. Por parte del catastro, José Luis González García, Gerente Regional del Catastro en Asturias, Covadonga Álvarez- Buylla Bustillo,  Jefa de Área de gestión, y Ana Isabel Arango Nicolás, Gestor Catastral.

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¿Qué es un aplazamiento?

Es un acto administrativo de carácter rogado mediante el cual se autoriza el pago de las deudas de Seguridad Social fuera del plazo reglamentario de ingreso, con devengo de intereses y que permite considerar al deudor, en tanto se cumplan las condiciones requeridas, al corriente respecto de las deudas aplazadas.

Deudas susceptibles de aplazamiento

  • Cualquier deuda de Seguridad Social objeto de gestión recaudatoria en dicho ámbito, ya se trate de cuotas, recursos de distinta naturaleza a cuotas o recargos sobre los anteriores.
  • Los recargos sobre prestaciones económicas debidas a accidentes de trabajo y enfermedades profesionales originados por falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo sólo podrán aplazarse cuando se garanticen íntegramente con aval.

Deudas inaplazables

  • Cuotas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
  • Aportaciones de los trabajadores por cuenta ajena o asimilados.

El ingreso de las cuotas inaplazables deberá realizarse, si no estuviera hecho con anterioridad, en el plazo máximo de un mes desde la fecha de notificación de la resolución por la que se conceda el aplazamiento.

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El Colegio de Gestores Administrativos de Asturias quiere informar y compartir a sus colegiados las nuevas novedades legislativas recogidas en la LEY 11/2021, de 9 de julio, con medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición de la directiva (UE) 2016/1164, del Consejo de 12 de julio de 2016, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior, de modificación de diversas normas tributarias y en materia de regulación del juego (LMPLFF).

Más información en el archivo adjunto.

Novedades-legislativas

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