Noticias

El Principado de Asturias ha publicado la convocatoria de subvenciones correspondientes al programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES II)  para el ejercicio 2020-2021.

Objeto: contribuir a la descarbonización del sector transporte mediante el fomento de las energías alternativas para la consecución de los objetivos fijados por el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030, promoviendo la realización de actuaciones de apoyo a la movilidad basada en criterios de eficiencia energética, sostenibilidad e impulso del uso de energías alternativas, incluida la disposición de las infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos adecuadas en todo el territorio nacional.

En este sentido, serán actuaciones subvencionables las siguientes:

  • Actuación 1: Adquisición directa o por medio de operaciones de financiación por leasing financiero, o arrendamiento por renting,  de vehículos de energías alternativas. En el caso de adquisición de vehículos nuevos de categorías M1 y N1, se podrá incrementar el importe de ayuda para la adquisición del vehículo, si el destinatario último de la misma, acredita la baja definitiva en circulación de un vehículo matriculado en España, siendo su titular en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico, siempre que sendos vehículos reúnan los requisitos que en este real decreto se detallan. Serán elegibles vehículos M1 y N1 «demo» eléctricos y de pila de combustible con hasta 9 meses de antigüedad.
  • Actuación 2: Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, a través de la modalidad de adquisición directa. Además, en el caso de comunidades de propietarios, será subvencionable la preinstalación eléctrica para recarga de vehículo eléctrico.
  • Actuación 3: Implantación de sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas, ya sean públicos o bien restringidos al ámbito de empresas o polígonos industriales.
  • Actuación 4: Implantación de medidas contenidas en planes de transporte al trabajo en empresas y  medidas a llevar a cabo por Ayuntamientos en núcleos urbanos para adaptar la movilidad en un escenario de nuevas exigencias derivadas del período post COVID 19.

Para que estas actuaciones indicadas resulten subvencionables, es necesario que se hayan llevado a cabo en el territorio del Principado de Asturias y que la inversión se haya realizado con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de ayuda, excepto las adquisiciones de vehículos susceptibles de acogerse a la actuación 1 realizadas por personas físicas sin actividad profesional o que no desarrollen actividad económica, que podrán ser subvencionadas siempre que la adquisición haya sido formalizada tras de la entrada en vigor del Real Decreto 569/2020, es decir a partir del 18 de junio de 2020.

Beneficiarios:

  • Particulares y Comunidades de Propietarios: Actuación 1 (Adquisición de vehículos de energías alternativas) y Actuación 2 (Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos).
  • Autónomos y Empresas Privadas: Actuación 1 (Adquisición de vehículos de energías alternativas), Actuación 2 (Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos), Actuación 3 (Implantación de sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas) y Actuación 4 (Implantación de medidas de movilidad sostenible al trabajo). 
  • Administración Local: Actuación 1 (Adquisición de vehículos de energías alternativas), Actuación 2 (Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos), Actuación 3 (Implantación de sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas) y Actuación 4 (Implantación de medidas de movilidad sostenible al trabajo).
  • Universidad de Oviedo: Actuación 1 (Adquisición de vehículos de energías alternativas) y Actuación 2 (Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos).
  • Organismos Autónomos del Principado de Asturias: Actuación 1 (Adquisición de vehículos de energías alternativas) y Actuación 2 (Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos).
  • Entidades Públicas del Principado de Asturias: Actuación 1 (Adquisición de vehículos de energías alternativas) y Actuación 2 (Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos).
  • Administración General del Estado: Actuación 1 (Adquisición de vehículos de energías alternativas) y Actuación 2 (Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos).
  • Empresas Públicas: Actuación 1 (Adquisición de vehículos de energías alternativas) y Actuación 2 (Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos).

Cuantía:

  • Actuación 1: Varían según motorización y categoría de vehículo. Desde los de 600 € para cuadriciclos ligeros eléctricos hasta los 15.000 € para la compra de camiones y autobuses eléctricos. Las ayudas para la compra de turismos eléctricos pueden llegar, dependiendo del tipo de beneficiario, hasta los 5.500 € con achatarramiento y hasta los 6.000 €, igualmente con achatarramiento, en el caso de vehículos comerciales de hasta 3.500 kg.

En paralelo y en el caso de adquisición de vehículos de categorías M1 y N1, se exige a los fabricantes o puntos de venta un descuento mínimo de 1.000 € en la factura.

Para los casos de adquisición de turismos por destinatarios últimos que sean personas físicas discapacitadas con movilidad reducida y vehículo adaptado o que se adapte para su conducción, siempre que la adaptación conste en la ficha técnica del vehículo adquirido se incrementará la cuantía de la ayuda en un importe de 750 €. Este incremento también aplicará a la adquisición de vehículos de categoría N1 por parte de profesionales autónomos personas con discapacidad con movilidad reducida y vehículo adaptado o que se adapte para su conducción.

  • Actuación 2: entre un 30 % o un 40% del coste subvencionable, dependiendo del tipo de beneficiario, estableciéndose un límite de 100.000 €.
  • Actuación 3: un 30 % del coste subvencionable, estableciéndose un límite de 100.000 €.
  • Actuación 4: para la implantación de medidas de Planes de Transporte a los Centros de Trabajo y de medidas a llevar a cabo por Ayuntamientos en núcleos urbanos para adaptar la movilidad en un escenario de nuevas exigencias derivadas del período post COVID 19, las ayudas serán de un 40 % o un 50% del coste subvencionable, dependiendo del tipo de beneficiario, estableciéndose un límite de 500.000 €.

Plazo de presentación de las solicitudes: un año desde la publicación de la convocatoria.

 

Información adicional:

·                Se puede acceder a toda la información de la convocatoria a través del siguiente enlace, utilizando el siguiente identificador de la convocatoria: ID: 522752

http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias

Subvenciones incentivos a la movilidad

Compartir en: