Noticias

El Colegio de Gestores Administrativos de Asturias quiere informar de varias publicaciones del BOPA, de 11 de enero, a modo de suplemento, tres normas que afectan a la movilidad en el concejo de Grado, la limitación nocturna de movilidad,  y se adoptan medidas extraordinarias en relación con diversas actividades económicas. Se acompaña Circular  FACILITADA POR FADE en la que se recogen las principales novedades.

En primer lugar, el Decreto 1/2021, de 11 de enero, del Presidente del Principado de Asturias, por el que se limita la entrada y salida en el concejo de Grado y se modifica el horario de limitación nocturna de movilidad como medidas de prevención y control ante la evolución de la situación epidemiológica derivada de la COVID-19.

ENLACE:   https://sede.asturias.es/bopa/2021/01/11/20210111Su1.pdf

Las principales novedades de esta norma son:

  *   Se restringe la entrada y salida de personas del ámbito territorial del concejo de Grado desde las 00:00 horas del 12 de enero de 2021 hasta las 24:00 horas del día 25 de enero de 2021.

  *   Se adelanta la limitación nocturna de movilidad (toque de queda) a las 22:00 horas desde las 00:00 horas del jueves 14 de enero de 2021.

En segundo lugar, la Resolución de 11 de enero de 2021, de la Consejería de Salud, por la que se adoptan medidas urgentes y extraordinarias de prevención, contención y coordinación en el concejo de Grado, como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada de la COVID-19.

ENLACE: https://sede.asturias.es/bopa/2021/01/11/20210111Su2.pdf

  *   En el concejo de Grado, además del cierre perimetral, desde las 00:00 del día 12 de enero de 2021, hasta las 24 horas del día 25 de enero de 2021, se acuerda la suspensión temporal de la apertura al público en los establecimientos de hostelería y restauración, incluidas las terrazas. Se exceptúan de la suspensión los servicios de preparación, la recogida en el local bajo pedido previo y la distribución de comida a domicilio.

En tercer lugar, la Resolución de 11 de enero de 2021,de la Consejería de Salud, de primera modificación y prórroga de las medidas urgentes de carácter extraordinario, urgente y temporal de prevención, contención y coordinación, necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

ENLACE: https://sede.asturias.es/bopa/2021/01/11/20210111Su3.pdf

  *   Se prorrogan las medidas vigentes no modificadas.

  *   Los establecimientos y locales comerciales minoristas y de prestación de servicios asimilados, incluidos los centros y parques comerciales, tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las 20:00 horas, a excepción los servicios de entrega a domicilio y recogida en el local bajo pedido previo, que se extenderá hasta las 22:00 horas. El horario de apertura podrá comenzar a las 6:00 horas.

  *   Horario para la prestación del servicio en los establecimientos de hostelería, restauración y terrazas. Los establecimientos de hostelería, restauración y terrazas no admitirán nuevos clientes a partir de las 19:30 horas y tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las 20:00 horas, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio y recogida en el local bajo pedido previo, que se extenderá hasta la 22:00 horas. El horario de apertura podrá comenzar a las 6:00 horas.

Las medidas relativas a las limitaciones horarias de cierre producirán efectos desde las 00:00 del día 14 de enero de 2021.

Compartir en: