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La Dirección General de Tráfico (DGT) ha hecho referencia a nuestro buscador de Gestores Administrativos colegiados expertos en vehículos para que, en función de la ubicación, puedan ayudarte a realizar múltiples tramitaciones de tráfico de forma telemática.

Desde Tráfico informan que los Gestores Administrativos colaboran con la institución “para ayudar al ciudadano a realizar tramitaciones telemáticas relacionadas con sus vehículos de forma más rápida y sencilla”.

Estas son algunas de las gestiones que podemos hace en materia de tráfico:

Matriculación de tu vehículo.
Matriculación temporal de tu vehículo.
Obtención del distintivo ambiental de tu vehículo.
Duplicado del Permiso de Circulación de un vehículo.
Duplicado de la ficha ITV electrónica de un vehículo.
Informes de Vehículos.
Notificación de venta de un vehículo.
Cambio de titularidad de tu vehículo.
Baja definitiva de tu vehículo por traslado a otro país.
Cambio de domicilio fiscal de tu vehículo.
Baja temporal de tu vehículo.
Permiso de conducir internacional

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Nueva Comisión Ejecutiva, formada por:

🔸 El presidente, Fernando Jesús Santiago Ollero (Presidente del Ilustre Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid)
🔸 El vicepresidente primero, Josep Ribó (Presidente del COGAC – Gestors Administratius de Catalunya)
🔸 La vicepresidenta 2, Pilar Otero Moar (Presidenta del Gestores Administrativos de Galicia)
🔸 El secretario, Carlos Rodriguez-Noriega (Presidente Colegio GA Asturias Gestores Administrativos de Asturias)
🔸 El tesorero, Víctor J. Carpintero Carcedo (Presidente del Colegio de Gestores Administrativos de Cantabria)
🔸 El contador, MIGUEL ANGEL GARCIA ALBERTI (Presidente del Colegio de Gestores Administrativos de Baleares)
🔸 El vicesecretario, José Damián Pérez de las Bacas y Vacas (Presidente del Colegio Oficial de Gestores Administrativos de la Región de Murcia)
🔸 La vicetesorera, María Teresa Gómez Latorre (Presidenta del Colegio de Gestores Administrativos de Aragón y La Rioja).

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El Consejo General de los Colegios de Gestores Administrativos de España ha celebrado el pasado viernes, 26 de abril, la toma de posesión de la Comisión Ejecutiva, que fue elegida el pasado 5 de febrero. No fue necesaria la votación al presentarse una única candidatura, presidida por Fernando Jesús Santiago Ollero.

La comisión ejecutiva está formada por el presidente, Fernando Santiago (presidente del Colegio de Madrid), el vicepresidente primero, Josep Ribó (presidente del Colegio de Cataluña), vicepresidenta 2, Pilar Otero (presidenta del Colegio de Galicia), el secretario, Carlos Rodríguez-Noriega (Colegio de Asturias), el tesorero, Víctor José Carpintero (presidente del Colegio de Cantabria), el contador, Miguel Ángel García (presidente del Colegio de Baleares), el vicesecretario, José Damián Pérez de las Bacas (presidente del Colegio de Murcia), y la vicetesorera, María Teresa Gómez (presidenta del Colegio de Aragón y La Rioja).

Este es el cuarto mandato consecutivo para el presidente del Consejo General, quien ha estado al cargo de éste durante los últimos 9 años. Han salido de la comisión ejecutiva el anterior vicepresidente primero, Joaquín Giner, y el anterior secretario, José Manuel Mariño. Han sido sustituidos por Josep Ribó, como vicepresidente primero, y Miguel Ángel García, que asume las funciones de contador.

Al acto han asistido los miembros del Pleno del Consejo General, presidentes de los 22 Colegios Oficiales de Gestores Administrativos, miembros de las diferentes Juntas de Gobierno, así como representantes de organizaciones empresariales, empresas y otras instituciones: ex ministro de Justicia, Juan Carlos Campo,

Durante el acto, la secretaria de Estado, Clara Mapelli, ha manifestado que constituye un honor recibir al colegio “en su propio casa”, destacando el carácter común de la vocación de servicio público que comparten las administraciones y el propio Colegio.

En este sentido, ha interpelado a los miembros presentes del Colegio, instando a realizar sus colaboraciones al mencionado documento de Consenso por una administración abierta, contribuyendo a crear la imagen de una nueva administración para el siglo XXI. Concretamente, se ha referido a un modelo de administración digital, humanista, centrada en la ciudadanía, para lo que es necesaria la aportación de todos y cada uno de los agentes de la sociedad civil y del sector privado, como es el caso del Colegio.

También ha tomado la palabra la secretaria general de la Dirección General de Tráfico, María Lidón Lozano, que, excusando la presencia del director general, Pere Navarro, ha señalado el carácter transformador de la actual ejecutiva. como elemento transversal de la relación que este órgano ha mantenido con el Colegio durante años a través de sucesivos convenios refiriéndose, entre otros elementos destacados, al justificante profesional electrónico y al trabajo desarrollado durante los peores días de la pandemia en relación a los vehículos sanitarios y de emergencia. Del mismo modo, se ha referido al valor añadido del Colegio de Gestores en el despliegue territorial de la Dirección General, que no sería posible sin su “apoyo y complicidad”

Por su parte, Fernando Santiago ha resaltado el compromiso de la comisión ejecutiva electa con la profesión, procurando la mejora continua de la misma, con la Administración, en post de colaborar en la eliminación de la burocracia y mejorar la digitalización de los procesos, y con los clientes, siendo uno de los objetivos del Consejo General asegurar un servicio adecuado para éstos.

Fernando Santiago ha agradecido a la secretaria de Estado su presencia en este acto, y su apoyo a la profesión, y ha alabado su compromiso con la digitalización de la Administración, como lo demuestra el documento “Consenso por una Administración abierta”.

Fernando Santiago ha pedido a la secretaria de Estado que no se olviden “en el importante proceso que empezáis, de los colaboradores sociales, porque éstos son necesarios incluso en una Administración absolutamente digitalizada. Secretaria de Estado, es necesario que los ciudadanos que así lo desean realicen de manera sencilla y rápida los trámites por si mismos. Los colaboradores sociales estaremos para aquellos clientes que prefieren ser atendidos por asesores externos”.

Fernando Santiago ha agradecido también su presencia a María Lidón, como representante de una Dirección General de tráfico con la que los Gestores Administrativos colaboran, con gran éxito, desde hace muchos años. “No se trata del convenio más antiguo de los Gestores Administrativos con una Administración, pero si es uno de los más eficaces”

El presidente de los Gestores Administrativos ha terminado explicando que es un objetivo importante de la Comisión Ejecutiva tener más presencia internacional, tanto para exportar la profesión a otros países con un elevado nivel de burocracia y para acompañar a los ciudadanos españoles allá donde se encuentren.

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En el BOE del 27 de marzo de 2024, se publicó el Real Decreto 322/2024, de 26 de marzo, por el que se modifican el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, y el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre.

Este Real Decreto amplía hasta el 30 de junio de 2024, el plazo para comunicar estos datos por parte de trabajadores autónomos que figuren de alta, a fecha 1 de abril de 2024, en el RETA o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar; y que no hubiesen comunicado dichos datos con anterioridad al 1 de noviembre de 2023.

Hay que recordar que, con el objeto de facilitar el sistema de cotización para los trabajadores autónomos, en función de los rendimientos obtenidos por su actividad económica o profesional, se modificó, entre otras normas, el artículo 30 del Real Decreto 84/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social, que se refiere precisamente a los datos sobre la actividad económica u ocupación que deben facilitarse a la Tesorería General de la Seguridad Social al efectuar el alta en el RETA o en el Régimen de Trabajadores del Mar.

Y para los trabajadores que ya estuvieran de alta en el RETA o en el Régimen especial de Trabajadores del Mar, como trabajadores por cuenta propia, se estableció la obligación de comunicar los mencionados datos (apartados 1.º a 8.º del artículo 30.2.b) del Real Decreto 84/1996), por medios electrónicos a la Tesorería General de la Seguridad Social, en un plazo que finalizó el 31 de octubre de 2023.

Datos que deben comunicarse

Los que se establecen en los apartados 1. º a  8.º del artículo 30.2.b) del Real Decreto 84/1996:

  1. Razón social y número de identificación fiscal de las sociedades o comunidades de bienes de las que formen parte los trabajadores autónomos.
  2. Si desempeñan el cargo de consejero o administrador o prestación de otros servicios para la sociedad.
  3. El porcentaje de participación en el capital social.
  4. Nombre y apellidos y número del DNI o equivalente de los familiares con los que conviva el trabajador autónomo.
  5. NIF del cliente del que dependan económicamente los trabajadores autónomos económicamente dependientes.
  6. Colegio profesional en el que deban figurar incorporados los trabajadores autónomos.
  7. NIF de la empresa o empresas para las que se presten las actividades complementarias privadas en el ámbito de los servicios de salud.
  8. Nombre y apellidos y número del DNI o equivalente del trabajador autónomo en cuya actividad económica o profesional trabajen el cónyuge y los parientes del trabajador (autónomos colaboradores).
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La Dirección General de Tráfico ha hecho oficial, a través de su página web, que los gestores administrativos son uno de los principales agentes colaboradores con los que trabaja, al tiempo que pone en valor la labor que hacen los gA con los ciudadanos en todos los trámites relacionados con su vehículo.

En concreto, el organismo de Tráfico indica que «con el fin de asesorar y facilitar al ciudadano la realización de trámites relacionados con sus vehículos por vía telemática, la DGT colabora con gestores administrativos, profesionales especializados en la gestión de trámites adaptados a las nuevas tecnologías.

Asimismo, la DGT detalla los trámites que los ciudadanos pueden realizar a través de los gestores administrativos:

  • Matriculación de tu vehículo.
  • Matriculación temporal de tu vehículo.
  • Obtención del distintivo ambiental de tu vehículo.
  • Duplicado del Permiso de Circulación de un vehículo.
  • Duplicado de la ficha ITV electrónica de un vehículo.
  • Informes de Vehículos.
  • Notificación de venta de un vehículo.
  • Cambio de titularidad de tu vehículo.
  • Baja definitiva de tu vehículo por traslado a otro país.
  • Cambio de domicilio fiscal de tu vehículo.
  • Baja temporal de tu vehículo.
  • Permiso de conducir internacional.

Para ayudarte a encontrar al gestor más cercano, la DGT menciona el enlace existente en la web del Consejo General de Gestores Administrativos de España, deede el que el usuario solo precisa indicar los parámetros de búsqueda que necesite (municipio, sociedad, colegio, etc.) para acceder a  un listado de los profesionales que más se ajusten a dichos parámetros.

https://registro.consejogestores.org/dgt/

 

 

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Comienza una nueva campaña de la renta y, como ya es habitual, los Gestores Administrativos lanzan una serie de recomendaciones para que los contribuyentes minimicen los errores en la declaración y apliquen de forma eficiente la normativa fiscal correspondiente. Para ello, se destacan los siguientes aspectos a tener en cuenta:

Principales novedades en la campaña de la renta

Fechas clave:

  • Inicio y fin de campaña: Comienza el 3 de abril y finaliza el 1 de julio de 2024. Aquellos que opten por domiciliar el pago del impuesto tienen hasta el 26 de junio para hacerlo.
  • Número de referencia y acceso a datos fiscales: Desde el 12 de marzo, se ha podido solicitar el Número de referencia, una herramienta clave para acceder y tramitar la declaración de renta. A partir del 19 de marzo, ha sido posible acceder a los datos fiscales a través de la App móvil de la AEAT, facilitando la gestión de la declaración.
  • Borrador de la renta: Como ocurre desde hace varios años, la AEAT presenta un borrador basado en los datos que le han sido remitidos por las empresas y por los propios contribuyentes. Esos datos pueden no ser correctos o estar desactualizados, por los que el declarante tiene la responsabilidad de comprobarlos, antes de aceptar el resultado que arroja dicho borrador.

Fernando Jesús Santiago Ollero, presidente del Consejo General de los Colegios de Gestores Administrativos vuelve a recomendar “que se revise con detalle el borrador; contiene errores más a menudo de lo que se puede pensar, y es debido a información errónea por parte de las empresas, o a que no se ha informado sobre que se ha tenido un hijo o sobre el alquiler de una vivienda. Si no revisamos el borrador corremos el riesgo de perder deducciones o de no imputar adecuadamente ingresos o gastos”.

“A menudo nos preguntan cuántos errores se producen en los borradores y cuántos borradores contienen errores. A estas alturas solo puedo contestar que habiendo un error ya se está perjudicando a un contribuyente. Y cuando un ciudadano hace su declaración confirmando el borrador, estamos asumiendo el riesgo de no tener en cuenta circunstancias especiales que la AEAT desconoce”, continúa Santiago.

“A medio plazo, pagar a un experto sale barato. Pero más importante que pagar al hacer la declaración es acudir al experto durante el año para planificar con tiempo”, finaliza el presidente del Consejo General de los Colegios de Gestores Administrativos.

 Novedades| Modificaciones | Deducciones

Novedades en datos fiscales:

  • Criptomonedas: Se introduce información detallada sobre las tenencias y movimientos de criptomonedas en el extranjero, reflejando la creciente importancia y regulación de estos activos digitales.
  • Bienes Inmuebles Urbanos Heredados: Se incluye información específica sobre bienes inmuebles urbanos heredados, lo que puede afectar a la declaración de los contribuyentes que hayan recibido este tipo de bienes.
  • Ganancias en juegos online: Se reconoce la necesidad de declarar las ganancias obtenidas a través de juegos online, reflejando así los cambios en los hábitos de ocio y la economía digital.
  • Vehículos eléctricos y puntos de recarga: Se introducen deducciones para la adquisición de vehículos eléctricos (excluidos los híbridos) y para la instalación de puntos de recarga, fomentando la movilidad sostenible.
  • Ayudas a rentas bajas: Información sobre el reintegro de ayudas (200 euros) para contribuyentes con rentas bajas que hayan sido cobradas indebidamente, asegurando la equidad en el sistema de ayudas.
  • Mutualidades: Detalles sobre ajustes aplicables en los rendimientos del trabajo relacionados con pensiones de jubilación o invalidez, específicamente en relación con aportaciones a ciertas mutualidades antes de 1967 y entre 1967 y 1978.

Modificaciones Normativas:

  • Deducción por maternidad y gastos de guardería: Se amplía la deducción por maternidad y gastos en guarderías, incluyendo a madres que reciben prestación por desempleo o se dan de alta en la Seguridad Social después del nacimiento del menor.
  • Rendimientos del trabajo: Se aumenta el umbral para la obligación de declarar de 14.000 a 15.000 euros en ciertos casos, ajustando las condiciones para contribuyentes con múltiples pagadores o rentas no sometidas a retención.
  • Autónomos: Todos los autónomos, incluidos los colaboradores y societarios, están obligados este año a presentar la declaración, reflejando un cambio significativo en las obligaciones fiscales para este colectivo.
  • Gastos generales deducibles para autónomos: En el caso de autónomos que hagan la declaración por Estimación Objetiva Simplificada, el porcentaje de gastos generales deducibles pasa del 5% al 7%, siempre con un límite de 2.000 euros. Cuando se acogen a Estimación Objetiva, el porcentaje será del 10% sobre el rendimiento neto estimado.
  • Ingreso Mínimo Vital: Se clarifica la obligación de presentar la declaración para los titulares del Ingreso Mínimo Vital y sus unidades de convivencia, garantizando la correcta tributación de estas ayudas.
  • Reducciones y exenciones:
    • Mejoras en las reducciones por rendimientos de trabajo para rentas bajas.
    • Novedades para arrendadores de inmuebles, incluyendo cambios en la reducción de rendimientos netos.
    • Ampliación y mejoras en el régimen de impatriados, con condiciones favorables para nómadas digitales y otras figuras.
    • Exenciones por asignaciones para gastos de locomoción y ayudas de la PAC.
    • Incremento en la exención para la entrega de acciones o participaciones a trabajadores.

Deducciones fiscales específicas:

  • Vehículos eléctricos: Se establece una nueva deducción estatal por la adquisición de vehículos eléctricos “enchufables” y de pila de combustible, con un límite en la base de deducción, fomentando la transición hacia una movilidad más sostenible.
  • Instalaciones de recarga: Deducción por la instalación de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos en propiedades del contribuyente, apoyando la infraestructura necesaria para el uso de vehículos eléctricos.
  • Inversiones en producciones cinematográficas y series audiovisuales: Deducciones para contribuyentes en estimación directa.

Otros aspectos relevantes:

  • Exenciones y deducciones autonómicas: Hay que tener en cuenta las particularidades en los mínimos personales y familiares y en las deducciones específicas por Comunidades Autónomas.
  • Aportaciones a planes de pensiones, se amplían las aportaciones máximas que el trabajador puede realizar al mismo instrumento de previsión social al que se hubieran realizado contribuciones empresariales (4.250 euros, por parte del trabajador y 4.250 euros por parte de la empresa). Los trabajadores autónomos podrán realizar aportaciones a su propio plan de pensiones de empleo simplificado, hasta un límite de 4.250 euros.
  • Se crea una deducción en cuota del 10% por contribuciones empresariales (autónomos con trabajadores a cargo) a sistemas de previsión social empresarial imputadas a favor de los trabajadores con rentas íntegras del trabajo inferiores a 27.000 euros (tanto en el Impuesto sobre Sociedades como en el IRPF), aplicándose también por la parte proporcional que corresponda si estas superan ese límite cuantitativo.
  • Trabajos realizados en el extranjero: Extensión de la exención aplicable.
  • Indemnización por despido: Aplicación de exención en nuevos supuestos.

El presidente de los Gestores Administrativos señala que “hemos querido hacer una revisión rápida de las principales novedades. No obstante, aconsejamos a los contribuyentes que, dada la complejidad que presenta la declaración en muchos casos, las novedades aprobadas, las diferencias que se han establecido por Comunidad Autónoma y los errores que, año tras año, comprobamos que se producen en el borrador, acudan a un especialista para que colabore con su declaración”.

Principales novedades en el Impuesto sobre el Patrimonio

 Plazos de presentación: El período para presentar las declaraciones del Impuesto sobre el Patrimonio de 2023 es del 3 de abril al 1 de julio de 2024. Si se domicilia el pago de una declaración a ingresar, la fecha límite es el 26 de junio de 2024​​.

Modificaciones en el mínimo exento:

  • Aragón aumentó el mínimo exento a 700.000 euros.
  • Región de Murcia estableció un mínimo exento de 3.700.000 euros, aplicable solo para los ejercicios 2023 y 2024​​.

Nuevas bonificaciones autonómicas:

  • Andalucía ofrece dos bonificaciones a elegir por el contribuyente, relacionadas con el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (ITSGF).
  • Extremadura aprobó una bonificación del 100% de la cuota minorada.
  • Galicia incrementó su bonificación general del 25% al 50% de la cuota minorada.
  • Madrid introdujo una bonificación autonómica que compensa la diferencia entre la cuota íntegra del impuesto propio y la del ITSGF, aplicando límites conjuntos especificados en su legislación​​.

Escala Estatal del Impuesto sobre el Patrimonio: La escala estatal para gravar la base liquidable comienza con un tipo del 0,2% para bases hasta 167.129,45 euros, aumentando progresivamente hasta un 3,5% para bases superiores a 10.695.996,06 euros​​.

 Variaciones significativas por comunidades:

  • Cataluña y la Comunidad Valenciana han aumentado los tipos máximos aplicables a tramos superiores de patrimonio.
  • Galicia y Murcia han implementado cambios notables en bonificaciones y mínimos exentos, respectivamente, buscando una estrategia para atraer o retener patrimonio.
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El pasado 26 de marzo se celebró en la sede colegial de Oviedo la Junta General de Colegiados, presidida por nuestro presidente, Javier Blanco-Cuesta Alegría.

Como es preceptivo y de acuerdo al Orden del Día, se dio lectura a la Memoria Anual 2023, se liquidaron las cuentas del pasado ejercicio y se aprobó el presupuesto del año en curso.

En la reunión se plantearon asuntos de interés y se habló de los retos y dificultades a las que se enfrenta nuestra profesión y se hizo hincapié en la necesidad de darle mayor visibilidad y reforzar nuestra imagen pública, pues muchos ciudadanos aún ignoran las ventajas de acudir a un gestor administrativo, colegiado, no solo para atender sus asuntos empresariales, sino como aliado en sus relaciones con la Administración.

Finalmente, se recordó que este año 2024, nuestro Colegio va a celebrar el 10 de mayo la festividad de San Cayetano de Thiene, evento al que esperamos puedan asistir todos nuestros colegiados.

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Comienza una nueva campaña de la renta y, como ya es habitual, los Gestores Administrativos lanzan una serie de recomendaciones para que los contribuyentes minimicen los errores en la declaración y apliquen de forma eficiente la normativa fiscal correspondiente. Para ello, se destacan los siguientes aspectos a tener en cuenta:

Fechas Clave

  • Inicio y Fin de Campaña: Comienza el 3 de abril y finaliza el 1 de julio de 2024. Aquellos que opten por domiciliar el pago del impuesto tienen hasta el 26 de junio para hacerlo.
  • Número de Referencia y Acceso a Datos Fiscales: Desde el 12 de marzo, se ha podido solicitar el Número de Referencia, una herramienta clave para acceder y tramitar la declaración de renta. A partir del 19 de marzo, ha sido posible acceder a los datos fiscales a través de la App móvil de la AEAT, facilitando la gestión de la declaración.
  • Borrador de la renta: Como ocurre desde hace varios años, la AEAT presenta un borrador basado en los datos que le han sido remitidos por las empresas y por los propios contribuyentes. Esos datos pueden no ser correctos o estar desactualizados, por los que el declarante tiene la responsabilidad de comprobarlos, antes de aceptar el resultado que arroja dicho borrador.

Fernando Jesús Santiago Ollero, presidente del Consejo General de los Colegios de Gestores Administrativos vuelve a recomendar «que se revise con detalle el borrador; contiene errores más a menudo de lo que se puede pensar, y es debido a información errónea por parte de las empresas, o a que no se ha informado sobre que se ha tenido un hijo o sobre el alquiler de una vivienda. Si no revisamos el borrador corremos el riesgo de perder deducciones o de no imputar adecuadamente ingresos o gastos».

«A menudo nos preguntan cuántos errores se producen en los borradores y cuántos borradores contienen errores. A estas alturas solo puedo contestar que habiendo un error ya se está perjudicando a un contribuyente. Y cuando un ciudadano hace su declaración confirmando el borrador, estamos asumiendo el riesgo de no tener en cuenta circunstancias especiales que la AEAT desconoce», continúa Santiago.

«A medio plazo, pagar a un experto sale barato. Pero más importante que pagar al hacer la declaración es acudir al experto durante el año para planificar con tiempo», finaliza el presidente del Consejo General de los Colegios de Gestores Administrativos.

«Novedades| Modificaciones | Deducciones»

Novedades en Datos Fiscales

  • Criptomonedas: Se introduce información detallada sobre las tenencias y movimientos de criptomonedas en el extranjero, reflejando la creciente importancia y regulación de estos activos digitales.
  • Bienes Inmuebles Urbanos Heredados: Se incluye información específica sobre bienes inmuebles urbanos heredados, lo que puede afectar a la declaración de los contribuyentes que hayan recibido este tipo de bienes.
  • Ganancias en Juegos Online: Se reconoce la necesidad de declarar las ganancias obtenidas a través de juegos online, reflejando así los cambios en los hábitos de ocio y la economía digital.
  • Vehículos Eléctricos y Puntos de Recarga: Se introducen deducciones para la adquisición de vehículos eléctricos (excluidos los híbridos) y para la instalación de puntos de recarga, fomentando la movilidad sostenible.
  • Ayudas a Rentas Bajas: Información sobre el reintegro de ayudas (200 euros) para contribuyentes con rentas bajas que hayan sido cobradas indebidamente, asegurando la equidad en el sistema de ayudas.
  • Mutualidades: Detalles sobre ajustes aplicables en los rendimientos del trabajo relacionados con pensiones de jubilación o invalidez, específicamente en relación con aportaciones a ciertas mutualidades antes de 1967 y entre 1967 y 1978.

Modificaciones Normativas

  • Deducción por Maternidad y Gastos de Guardería: Se amplía la deducción por maternidad y gastos en guarderías, incluyendo a madres que reciben prestación por desempleo o se dan de alta en la Seguridad Social después del nacimiento del menor.
  • Rendimientos del Trabajo: Se aumenta el umbral para la obligación de declarar de 14.000 a 15.000 euros en ciertos casos, ajustando las condiciones para contribuyentes con múltiples pagadores o rentas no sometidas a retención.
  • Autónomos: Todos los autónomos, incluidos los colaboradores y societarios, están obligados este año a presentar la declaración, reflejando un cambio significativo en las obligaciones fiscales para este colectivo.
  • Gastos Generales deducibles para Autónomos: En el caso de autónomos que hagan la declaración por Estimación Objetiva Simplificada, el porcentaje de gastos generales deducibles pasa del 5% al 7%, siempre con un límite de 2.000 euros. Cuando se acogen a Estimación Objetiva, el porcentaje será del 10% sobre el rendimiento neto estimado.
  • Ingreso Mínimo Vital: Se clarifica la obligación de presentar la declaración para los titulares del Ingreso Mínimo Vital y sus unidades de convivencia, garantizando la correcta tributación de estas ayudas.
  • Reducciones y Exenciones:
    • Mejoras en las reducciones por rendimientos de trabajo para rentas bajas.
    • Novedades para arrendadores de inmuebles, incluyendo cambios en la reducción de rendimientos netos.
    • Ampliación y mejoras en el régimen de impatriados, con condiciones favorables para nómadas digitales y otras figuras.
    • Exenciones por asignaciones para gastos de locomoción y ayudas de la PAC.
    • Incremento en la exención para la entrega de acciones o participaciones a trabajadores.

Deducciones Fiscales Específicas

  • Vehículos Eléctricos: Se establece una nueva deducción estatal por la adquisición de vehículos eléctricos «enchufables» y de pila de combustible, con un límite en la base de deducción, fomentando la transición hacia una movilidad más sostenible.
  • Instalaciones de Recarga: Deducción por la instalación de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos en propiedades del contribuyente, apoyando la infraestructura necesaria para el uso de vehículos eléctricos.
  • Inversiones en Producciones Cinematográficas y Series Audiovisuales: Deducciones para contribuyentes en estimación directa.

Otros Aspectos Relevantes

  • Exenciones y Deducciones Autonómicas: Hay que tener en cuenta las particularidades en los mínimos personales y familiares y en las deducciones específicas por Comunidades Autónomas.
  • Aportaciones a planes de pensiones, se amplían las aportaciones máximas que el trabajador puede realizar al mismo instrumento de previsión social al que se hubieran realizado contribuciones empresariales (4.250 euros, por parte del trabajador y 4.250 euros por parte de la empresa). Los trabajadores autónomos podrán realizar aportaciones a su propio plan de pensiones de empleo simplificado, hasta un límite de 4.250 euros.
  • Se crea una deducción en cuota del 10% por contribuciones empresariales (autónomos con trabajadores a cargo) a sistemas de previsión social empresarial imputadas a favor de los trabajadores con rentas íntegras del trabajo inferiores a 27.000 euros (tanto en el Impuesto sobre Sociedades como en el IRPF), aplicándose también por la parte proporcional que corresponda si éstas superan ese límite cuantitativo. 
  • Trabajos Realizados en el Extranjero: Extensión de la exención aplicable.
  • Indemnización por Despido: Aplicación de exención en nuevos supuestos.

El presidente de los Gestores Administrativos señala que «hemos querido hacer una revisión rápida de las principales novedades. No obstante, aconsejamos a los contribuyentes que, dada la complejidad que presenta la declaración en muchos casos, las novedades aprobadas, las diferencias que se han establecido por Comunidad Autónoma y los errores que, año tras año, comprobamos que se producen en el borrador, acudan a un especialista para que colabore con su declaración».

«Principales novedades en el Impuesto sobre el Patrimonio»

Plazos de Presentación: El período para presentar las declaraciones del Impuesto sobre el Patrimonio de 2023 es del 3 de abril al 1 de julio de 2024. Si se domicilia el pago de una declaración a ingresar, la fecha límite es el 26 de junio de 2024​​.

Modificaciones en el Mínimo Exento:

Aragón aumentó el mínimo exento a 700.000 euros.

Región de Murcia estableció un mínimo exento de 3.700.000 euros, aplicable solo para los ejercicios 2023 y 2024​​.

Nuevas Bonificaciones Autonómicas:

Andalucía ofrece dos bonificaciones a elegir por el contribuyente, relacionadas con el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (ITSGF).

Extremadura aprobó una bonificación del 100% de la cuota minorada.

Galicia incrementó su bonificación general del 25% al 50% de la cuota minorada.

Madrid introdujo una bonificación autonómica que compensa la diferencia entre la cuota íntegra del impuesto propio y la del ITSGF, aplicando límites conjuntos especificados en su legislación​​.

Escala Estatal del Impuesto sobre el Patrimonio: La escala estatal para gravar la base liquidable comienza con un tipo del 0,2% para bases hasta 167.129,45 euros, aumentando progresivamente hasta un 3,5% para bases superiores a 10.695.996,06 euros​​.

 

 

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Fuente ConfiLegal

El presidente del Consejo General de los Colegios de Gestores Administrativos de España y del Colegio de Madrid, Fernando Jesús Santiago Ollero, cargó ayer sin piedad contra la cita previa.

Es una rémora de los tiempos de la pandemia que se instauró como una excepción para facilitar los trámites bajo aquellas circunstancias y que ahora se ha convertido en un parapeto tras el que se están ocultando buena parte de la Administración, las empresas públicas y las entidades financieras, para no dar el servicio que deben dar a los ciudadanos.

Devolviendo a la ciudadanía española a los tiempos del «vuelva usted mañana», de un pasado que parecía haber quedado 60 o 70 años atrás.

“La cita previa es una maldición con la que hay que acabar de una vez por todas. Tiene que desaparecer ya. No podemos, ni queremos esperar más. Debemos volver a los tiempos anteriores a la pandemia. No tiene sentido que hoy siga aplicándose. Somos ciudadanos de un estado de derecho democrático. Esto es propio de una democracia bananera o de los olvidados tiempos de la dictadura.”, afirmó de forma contundente Fernando Santiago.

El presidente del Consejo General de Gestores también tuvo palabras muy duras sobre el ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, José Luis Escrivá Belmonte, quien ha declarado repetidas veces que «la cita previa iba a desaparecer».

El problema es que no desaparece sino que, al contrario, permanece.

“El ministro Escrivá ha dicho que la cita previa desaparecerá ya. Lo he oído en algunas reuniones con otros departamentos de la Administración. No ha dicho cómo, ni en qué plazo. Ni qué pasos se van a dar ni con quien van a contar. Estamos hartos de los ‘brindis al sol’ para callarnos», subrayó Santiago.

Para añadir a continuación: «He oído al ministro Escrivá que la Seguridad Social funcionaba y que se atendía a los ciudadanos que acudían a solicitar su jubilación sin cita previa. Lo repito: Estamos hartos de que nos tomen el pelo, de declaraciones huecas. Y me pregunto: ¿lo debe pagar el ciudadano? ¿le debemos hacer el juego a parte de la Administración?”.

LA CITA PREVIA ES UN PROBLEMA

La Administración ha creado un problema con la cita previa, es un hecho, a su juicio.

“Durante los últimos 4 años, sobre todo, han sido numerosas mis manifestaciones ante el caos que se ha producido en la Administración durante y después de la pandemia. La Administración es como un castillo de naipes que, en general, se desmorona», declaró. «Creo que he sido muy claro sobre el problema que ha creado en nuestra Administración la cita previa”.

Santiago recordó el daño que se le está haciendo al ciudadano por esta situación, «que le afecta en su economía y en su salud».

«He denunciado que algunas normas vulneran, sin lugar a la duda, otras normas fundamentales, como la protección de datos. Se nos han pedido datos que nada tienen que ver con la norma que contiene la petición”, reveló el presidente del Consejo General de Gestores Administrativos, quien expresó el cansancio general de su colectivo.

«A los profesionales que nos dedicamos a esto nos están sometiendo a un sobreesfuerzo a menudo inhumano, que hemos atendido por nuestros clientes. Ya durante la pandemia, cuando se pensaba que el papel era uno de los principales transmisores del virus, nos la jugamos admitiendo los documentos necesarios para presentar sus impuestos, sus seguros sociales y sus ERTES”, manifestó. “Tuvimos que luchar con normas que se publicaban minutos antes de entrar en vigor, y había que hacerlo si no queríamos perjudicar a nuestros clientes”.

“Hemos enviado escritos al presidente del Gobierno, al defensor del Pueblo, a ministros, secretarios de Estado. Hemos contado nuestra problemática en Europa. Nos hemos puesto a disposición del SEPE para arreglar el problema de los ERTE durante el confinamiento y se ha metido nuestro proyecto en un cajón”.

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La Agencia Tributaria ha puesto en marcha su Plan Estratégico 2024-2027, en donde sitúa al contribuyente en el centro de su estrategia para los próximos años. Con esta iniciativa, la Agencia busca mejorar el modelo de información y asistencia, implementar medidas preventivas contra el incumplimiento tributario y optimizar la estructura organizativa de la Agencia, acompañada de un incremento de la plantilla hasta superar los 29.300 empleados al cierre del año 2027. El plan hace una especial referencia a la necesidad de reforzar el área de informática tributaria, en un contexto de crecimiento continuo de los proyectos que gestiona.

El plan cuenta con una serie de ejes vertebradores que contemplan la culminación de actuaciones en ámbitos concretos ya iniciadas en los últimos años, como el modelo de asistencia multicanal, el refuerzo de la ayuda en materia de censos y de no residentes en línea con las mejoras ya implementadas en IRPF o IVA, la simplificación del lenguaje de los documentos administrativos o el sistema de autoliquidaciones rectificativas, que facilita la subsanación de errores del contribuyente.

Se añaden dos indicadores estratégicos de medición de la actividad de la Agencia, uno vinculado a la transparencia de los datos y actuaciones de asistencia destinadas a facilitar el cumplimiento voluntario y otro dedicado a medir las mejoras que va a suponer al contribuyente la plena implantación de las mejoras en el modelo de información y asistencia.

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