Noticias

Fuente: sección Economía-El País

El Consejo de Ministros ha aprobado un proyecto de ley que va a obligar a contar con un seguro de responsabilidad civil para todos los vehículos agrícolas e industriales, así como en los de movilidad personal, como los patinetes eléctricos. El texto, que transpone una directiva europea, se va a remitir al Congreso de los Diputados para su tramitación parlamentaria.

La norma también mejora la cobertura, indemnizaciones y seguridad de las víctimas de accidentes causados por vehículos a motor al establecer una definición “más clara y amplia” de los vehículos que deben disponer del seguro obligatorio de responsabilidad civil, según explica el Ministerio de Economía en un comunicado.

El anteproyecto introduce el concepto de vehículo personal ligero, que son los vehículos a motor que pueden alcanzar una velocidad entre 6 y 25 kilómetros por hora, si su peso es inferior a 25 kilos, o una velocidad entre 6 y 14 kilómetros por hora, si pesan más. Estos vehículos, entre los que se encuentran, por ejemplo los patinetes eléctricos, deberán disponer de un seguro obligatorio de responsabilidad civil, con el argumento de que hay que compatibilizar el impulso al transporte urbano sostenible con la protección a las víctimas de accidentes causados por estos nuevos vehículos.

Además de patinetes, también afectará a los monociclos, hoverboards de mucha potencia, Segways, scooters eléctricos ligeros… El Gobierno deberá poner en marcha un registro público de vehículos personales ligeros antes del 2 de enero de 2026. Hasta ahora, todos ellos operaban bajo un limbo legal.

El uso de patinetes a motor se ha extendido en los últimos años en muchas ciudades españolas. Tanto por los vehículos de alquiler por minutos como por la tenencia en propiedad. Al mismo tiempo, la siniestralidad se ha disparado. De acuerdo con un estudio de la Fundación Mapfre, el año pasado se produjeron casi 300 siniestros graves con patinetes, en los que al menos 187 personas sufrieron una lesión y 11 usuarios perdieron la vida.

La nueva ley también conlleva la extensión del seguro obligatorio a vehículos agrícolas o industriales, que hasta ahora estaban exentos, y da seis meses a los propietarios de estos vehículos, desde la publicación de la ley, para contratar un seguro. Los tractores, cosechadoras y otra maquinaria agrícola de gran tamaño sí que tenían que tener estas pólizas contratadas, pero en pequeñas cortacésped, por ejemplo, no era necesario.

La norma introduce también mejoras en las indemnizaciones a las víctimas, ya que busca agilizar el procedimiento de valoración de las mismas, evitando en lo posible la vía judicial al permitir acudir a cualquier alternativa extrajudicial de resolución de conflictos.

El texto también contempla que se pueda acceder a informes médicos y atestados policiales de manera gratuita, y establece plazos más reducidos de valoración médica y emisión de informes, entre otras medidas.

Por lo que respecta a los importes de las coberturas, se actualizarán conforme al IPC, el Índice de Precios al Consumo.

Con el objetivo también de dar mayor seguridad a las víctimas de accidentes de tráfico, se amplían los supuestos de indemnización cubiertos por parte del Consorcio de Compensación de Seguros, que asumirá los de accidentes en caso de insolvencia por parte de las entidades aseguradoras.

Compartir en: